Sueldo petrolero: las claves para entender el aumento de zona desfavorable
El aumento beneficia a los trabajadores petroleros del convenio de Río Negro, Neuquén y La Pampa, y se aplicará a partir de la liquidación de octubre.
El incremento de la zona desfavorable, anunciado por el Secretario General del Gremio de Petroleros Privados, suma un nuevo capítulo a un ítem clave del recibo de sueldo de los trabajadores. Días atrás se informó que el coeficiente de zona desfavorable, específicamente “Zona No Convencional Vaca Muerta”, se ubicará en un 85% a partir de la liquidación de octubre.
Dicha medida es aplicable al personal del Convenio Colectivo de Trabajo de Petroleros Privados de Río Negro, Neuquén y La Pampa N° 644/2012.
Históricamente, el porcentaje se ubicaba entre un 42% y un 63%; sin embargo, desde la nueva gestión sindical de Marcelo Rucci, en tres años, su porcentaje se duplicó. En el año 2022 se verificó el salto más amplio, definiéndose un coeficiente unificado del 80%, cualquiera sea el lugar de trabajo dentro del ámbito de aplicación. Ahora, tras una serie de reclamos, con esta nueva resolución se define un aumento de 5 puntos porcentuales.
Efecto sobre el sueldo
El concepto de zona desfavorable es uno de los tantos ítems que componen el recibo de sueldo; es de composición fija, remunerativa, normal y habitual.
Si tomamos en cuenta una posición de “Boca de pozo”, categoría VIII, sin antigüedad pero con permanencia en yacimiento, en un esquema de 2x1 trabajando 12 horas, el sueldo neto de octubre se ubicaría en aproximadamente $5.875.000.
También es importante remarcar que, de acuerdo con la Adenda firmada en 2017, este componente se encuentra exento del pago de Impuesto a las Ganancias, en virtud de la Ley 26.176.
Efecto sobre costos
Con el cambio anunciado, las empresas de servicios se encuentran readecuando sus estructuras de costos y planillas de cotización. Según nuestros registros, hablando en términos porcentuales, el efecto total que representa el aumento de la zona dependerá, en definitiva, de la categoría laboral y del diagrama de trabajo. No obstante, en las primeras aproximaciones, podríamos sostener que el incremento general se ubicaría en torno al 1,5%.
Si bien se trata de un acta acuerdo firmado entre las cámaras CEPH, CEOPE y el Sindicato, a la fecha se espera la homologación por parte de la Secretaría de Trabajo de la Nación.
Petroleros Jerárquicos
La movilidad salarial del personal de base se replica también sobre las estructuras salariales del personal jerárquico de Río Negro, Neuquén y La Pampa, en virtud de la pirámide salarial que prevé el artículo 63 del CCT 637/2011.
En este sentido, el Sindicato de Jerárquicos ha venido sosteniendo con las empresas que el porcentaje de zona, por aplicación de la pirámide, es del 10% de todos los ítems remunerativos normales y habituales.
Liquidación de octubre
Por último, para el mes de octubre se prevé la aplicación del tercer tramo del acuerdo suscripto en abril por la paritaria 2025-2026, lo que representa un aumento del 3% de las planillas salariales.
Tal aplicación se llevará a cabo mediante el pago de una gratificación no remunerativa denominada “Suma expediente Acta Abril”.
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Autor: Gonzalo Gutiérrez
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Contador Público Nacional. C. S. B. & ASOC. www.csbya.com.ar.
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