Reforma previsional

Reforma previsional: ¿cambios para los petroleros en Vaca Muerta?

¿Cambiará su régimen especial de jubilación a los 50 años? Un experto aclara el panorama sobre lo que puede cambiar en la industria.

Los sorpresivos y contundentes resultados de las elecciones de medio término pusieron sobre la mesa las reformas estructurales de las que tanto se ha hablado durante años. Y la realidad es que se sabe que el gobierno planea tres grandes reformas: laboral, impositiva y previsional. Ya trascendió información sobre la reforma laboral, pero poco se sabe de la jubilatoria. ¿Afectaría el régimen de los petroleros que trabajan en Vaca Muerta?

En diálogo con +E, Maximiliano Fodaro, abogado previsionalista, aclaró el panorama: “No hay ningún cambio concreto, más allá de algún tipo de anuncio, de alguna intención de reforma previsional, pero no hay ninguna reforma concreta que estipule alguna modificación en el régimen general”.

“Se dice que se quiere cambiar la edad a los 70 años, y puede que haga alguna intencionalidad el gobierno a futuro de hacerlo, pero no hay nada escrito ni nada volcado que indique una realidad de que pase eso en el corto plazo. De hecho, el gobierno dice que hasta que no hagan la reforma laboral no va a haber reforma previsional”, continuó el especialista neuquino.

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El abogado previsionalista Maximiliano Fodaro, en LU5. Foto: @alejandrolopez.periodista

El abogado previsionalista Maximiliano Fodaro, en LU5. Foto: @alejandrolopez.periodista

Una reforma con historia

Es decir, el cambio que circula alude al régimen general. “En el 94 se modificó el sistema jubilatorio, se cambiaron las leyes. La Ley 18036 -que jubilaba a los hombres con 60 años de edad y las mujeres con 55-, se cambió por la Ley 2441 que subió 5 años la edad para ambos. Pero los regímenes especiales como el de petroleros, por ejemplo, no se modificaron. Y dudo que se puedan modificar”.

“El régimen general es general y estos regímenes especiales son corporativos. O sea, el régimen general lo pueden cambiar y la gente va a protestar… En cambio, a los petroleros dudo que les cambien el régimen porque cortan la producción, a los camioneros le paran el país. Entonces, estos regímenes especiales se mantienen, pese a que las condiciones laborales de hace 50 años no son las mismas que ahora”.

El régimen especial de los petroleros

“El petróleo se rige por el Decreto 2136, que es de 1974. Establece que se pueden jubilar con 50 años de edad y 25 años de aporte, siempre y cuando se registren dentro de lo que es el ámbito del petróleo en áreas específicas con una extracción o explotación en boca de pozo”, aclara Fodaro.

La norma no solo se refiere al trabajo de cambio, sino al vinculado específicamente con la extracción. “Es un trabajo insalubre. La cuestión de cómo lo computan o el otorgamiento depende de un montón de factores que muchas veces son subjetivos, que dependen del verificador o el analista, lo cual hace que muchas veces que apruebe o rechace el trámite con criterios que son bastante objetables a veces dentro del ANSES”, explica el profesional.

“El trámite tiene ciertos requisitos, formularios específicos, y una certificación de servicio y un anexo en donde se hace un detalle pormenorizado de las tareas que realiza el empleado. Eso está sujeto a verificación”, asegura. El verificador “va a las empresas por las cuales se pide ese servicio y verifica todas las cuestiones que tengan que ver con el tipo de actividad. Se ve dónde se realizan las tareas, bajo qué régimen, efectivamente, cómo se hicieron, dónde se hicieron y de acuerdo al resultado de esa verificación queda un análisis del dictaminador que va a decir si lo que se analizó permite encuadrarlo o no”.

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Según Fodaro, la reforma previsional no implicaría cambios en el régimen de los petroleros.

Según Fodaro, la reforma previsional no implicaría cambios en el régimen de los petroleros.

El panorama actual

Fodaro cuenta que el trámite puede ser objetado y, si eso pasa, puede apelarse o incluso es posible escalar la cuestión a juicio. “Si vuelven a rechazarlo uno puede ir a juicio, o sea, hay instancias pese al rechazo que no implica hacer todo de nuevo. Hoy se están metiendo muchos juicios contra ANSES porque tiene una política de ‘ante la duda, rechazo’”, explica.

¿Y hay mucha gente queriendo jubilarse a los 50?, preguntamos. Fodaro responde que “no específicamente a los 50, yo tengo muchas consultas a partir de cierta edad, a ver si tienen las condiciones para acceder a la jubilación”.

En este punto de la charla, surgen dudas en torno a los periodos de desempleo o licencia sin goce de sueldo, ¿cómo se computan? ¿Suman en el cálculo de los años de servicio? Fodaro explica que “si uno cobra desempleo después de salir de la actividad se le toman como tareas comunes. Los periodos de licencia sin goce de haberes no se toman como aportes, o sea, no se consideran en el sistema”.

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