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Subsidios energéticos: ¿Qué hay que poner en el formulario?

El gobierno nacional publicará el registro para mantener los subsidios a la energía. La quita comenzará en agosto.

A través del Decreto 322, el Gobierno nacional ratificó la implementación de la segmentación de los subsidios a las tarifas de electricidad y gas, que en concreto implicará la quita a los sectores considerados de ingresos altos que pasarán a abonar tarifa plena. Como habrá casos "grises", a partir de este viernes estará vigente un formulario para completar y justificar la permanencia de los beneficios.

La segmentación energética es una iniciativa para ordenar los subsidios a la electricidad y el gas según los aspectos socio-económicos de cada hogar. A través de un registro, el Gobierno va a identificar a los hogares que necesiten el subsidio. ¿Quiénes deben inscribirse? Todos los argentinos que quieran mantener los subsidios que hoy reciben en sus hogares.

En los próximos días vas a poder inscribirte en esta misma página. Si el usuario no tuviera acceso digital, podrá hacerlo de manera presencial en oficinas de ANSES y en las de los prestadores de servicios.

En el sitio de Anses, en la sección de turnos, el organismo ya habilitó la solapa Tarifa Social de Gas, Programa Hogar y Zona Fría, donde se puede ingresar y colocando el número de CUIL, se despliega la posibilidad de elegir día y hora en la Unidad de Atención Integral (UDAI) más cercana al domicilio.

Tanto quienes cumplan con los requisitos de ingresos medios como ingresos menores deben inscribirse en el Registro de Acceso a los Subsidios Energéticos (RASE). En argentina.gob.ar/subsidios estará habilitado el formulario. ¿Qué habrá que detallar? Los datos que se deberán completar incluyen:

  • Nombre y apellido
  • Documento Nacional de Identidad
  • Número de trámite del DNI
  • CUIL
  • Género
  • Fecha de nacimiento
  • Datos socioeconómicos (estos aportes serán determinantes para la determinación de a qué sector se pertenece)
  • Situación laboral
  • Datos de contacto
  • Domicilio declarado por el usuario
  • Código postal
  • Relación con el domicilio
  • Datos de los servicios de luz y gas
  • Datos del grupo conviviente

En el caso de las personas que no tienen la factura a su nombre, podrán realizar la solicitud como usuarios de los servicios indicando que no es la persona titular. Por lo tanto, también las familias que alquilen o residan en una propiedad que no les pertenece van a recibir el subsidio como usuaria de los servicios. También se contempla que si una persona tiene más de un medidor a su nombre se subsidiará sólo el servicio del domicilio donde declare residencia.

El Gobierno ofrecerá, además del acceso digital, la posibilidad de hacer el trámite de forma presencial en las oficinas de ANSES y en las de los prestadores de servicios. En el sitio de la Administración Nacional de la Seguridad Social con el número de CUIL se podrá elegir día y hora en la Unidad de Atención Integral (UDAI) más cercana al domicilio.

¿Cómo se va a realizar la segmentación?

El nuevo esquema de subsidios regirá a partir de agosto de 2022 y tiene como principal objetivo "alcanzar tarifas razonables y justas para el valor de la energía", según el argumento oficial. Esta iniciativa propone una distribución de los subsidios basada en la capacidad económica de cada hogar. Para ello, se establecieron tres grupos: segmento de ingresos altos, segmento de ingresos medios y segmento de menores ingresos.

El segmento de ingresos altos lo constituyen los hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes: ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $348.869 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC); tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años; tener 3 o más inmuebles; poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.

Existe una excepción para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de mayores ingresos deberán ser equivalentes o superiores a $425.620.

El segmento de ingresos altos tendrá una reducción de los subsidios gradual y en tercios bimestrales hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022.

En tanto, el segmento de ingresos medios está constituido por aquellos hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones: ingresos mensuales totales entre $99.677 y $348.869 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC); poseer hasta 2 inmuebles; poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.

Hay dos excepciones que se tendrán en cuenta en este segmento. En los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $149.515 y $348.869 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC). Además, los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.

Por último, el segmento de menores ingresos lo conformarían aquellos hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen alguna de las siguientes condiciones: ingresos netos menores a $99.677 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC); poseer hasta 1 inmueble; no poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.

Algunas excepciones: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a $149.515 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC). Los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos.

Serán incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir alguna de las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan: una o un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP; una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur; una o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD).

Otra excepción para ser considerado como menores ingresos: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen los $149.515 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.

Domicilio en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en el RENACOM. Es que en el caso de que en el hogar funcione un comedero o merendero comunitario registrado en RENACOM y que los ingresos sean mayores a $99,677 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.

¿Cuáles son las excepciones a la inscripción? Existen dos casos en los cuales no hay que llenar el formulario de inscripción: si el usuario es electrodependiente no tiene que completar el trámite para solicitar el subsidio de la electricidad, pero sí debe hacerlo para solicitar el de gas (el Registro de Electrodependientes ya tiene una página web). Si en el domicilio funciona una entidad de bien público no te corresponde hacer el trámite y puede solicitar la tarifa diferencial para entidades.

De acuerdo a lo estimado por el Gobierno, el 90% de los usuarios y usuarias del país están en los segmentos de ingresos medios y de menores ingresos, por lo tanto van a continuar recibiendo el subsidio.

Algunas preguntas frecuentes

  • ¿Tengo que inscribirme si recibo una asignación, una pensión o jubilación? Sí, tienen que inscribirse todas las personas, incluyendo las que perciben una jubilación, pensión y/o son beneficiarias de programas sociales como la Asignación Universal por Hijo, Progresar y Potenciar Trabajo.
  • ¿Qué pasa si la factura del servicio no está a mi nombre? Si la factura no llega a su nombre, igual podrá realizar la solicitud como usuario de los servicios indicando que no es la persona titular.
  • ¿Puedo mantener el subsidio si alquilo o resido en la propiedad? Sí, aunque no sea el propietario del domicilio, podrá recibir el subsidio como persona usuaria de los servicios.
  • ¿Qué sucede si tengo más de un servicio de electricidad o gas a mi nombre? En ese caso, solamente debera completar los datos del servicio de un solo domicilio.

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