conciliación obligatoria

Dictaron conciliación obligatoria en el paro petrolero que afectaba a los aeropuertos

El período conciliatorio rige por 15 días y se citará a la Federación Petrolera y a la Cámara de la Industria del Petróleo por el reclamo de Ganancias.

La Secretaría de Trabajo de la Nación dictó la conciliación obligatoria en el conflicto entre la Federación Argentina Sindical del Petróleo, gas y Biocombustibles (FASiPeGyBio) y la Cámara de la Industria del Petróleo (CIP). La misma rige a partir de este jueves y es por 15 días.

Ambas partes serán citadas para una audiencia en la sede de la cartera laboral y, de esta manera, los sindicatos deben dejar sin efecto su medida de fuerza a la espera de una nueva audiencia.

“De esta manera, los sindicatos deben dejar sin efecto su medida de fuerza a la espera de una nueva audiencia”, afirmaron desde la secretaría de Trabajo.

El paro fue lanzado por la Federación Argentina de Petróleo, Gas y Biocombustible en rechazo a que un grupo de los afiliados quedó alcanzado nuevamente por el impuesto a las Ganancias para asalariados.

Los motivos de la conciliación obligatoria

En un comunicado, el sindicato había advertido que la provisión de combustible "presentará inconvenientes tanto para todas las estaciones de servicio como para los aeropuertos, afectando a Aeroparque y Ezeiza primeramente".

El gremio justificó su posición "tras haber agotado todos las instancias y los canales de diálogo con las autoridades”.

A su vez, afirmó que la medida es “resultado de las asambleas realizadas en todo el país, la Federación Argentina Sindical del Petróleo, Gas y Biocombustibles (FaSiPeGyBio)”.

El sindicato “también denunció el “avasallamiento a los trabajadores petroleros, perjudicados directamente por esta medida impositiva de la Ley 26.176, que discrimina a nuestros representados castigando el poder adquisitivo, el empleo de calidad y el pleno desarrollo de una actividad como es la del sector energético, estratégica para el progreso económico del país”.

"Este impuesto improcedente alcanza a 6.000 trabajadores bajo convenio de refinerías que también incluye a los trabajadores de las terminales de combustibles de los aeropuertos y también a los que se encargan de las exportaciones de petróleo de Vaca Muerta en Puerto Rosales", señaló.

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Afuera de Ganancias

Hay que recordar que el 22 de julio se publicó en el Boletín Oficial la eximición del pago del impuesto a las Ganancias para la mayoría de los trabajadores petroleros.

La ley establece el pago del gravamen a los trabajadores que ganen sueldos brutos de 1,8 millones de pesos en el caso de los solteros y de 2,2 millones en el caso de los casados, quienes comenzarán a pagar el tributo con los sueldos de julio, que percibirán en agosto.

La reposición de la cuarta categoría representa un 0,4 del Producto Bruto Interno y le permitirá al Gobierno mantener el déficit fiscal, y a gobernadores recibir más fondos que habían perdido cuando en el 2023 se aprobaron los cambios en Ganancias, a instancias del entonces candidato a presidente de Unión por la Patria, Sergio Massa.

Administrativos alcanzados

Uno de los puntos de la ley que generó mayores controversias es que, desde ahora, se computarán para el cálculo del gravamen las horas extras, viáticos y similares, y no habrá una alícuota diferencial para los trabajadores de la Patagonia, como existía en la ley vigente durante el gobierno de Alberto Fernández, que era del 22%.

En la norma se incluyó una excepción para petroleros considerados “personal de pozo”, quienes no lo pagarán.

Esto implica que el tributo alcanza al personal directivo, ejecutivos y gerencial comprende a quienes ocupen o desempeñen en empresas públicas o privadas cargos en directorios, consejos, juntas, comisiones ejecutivas o de dirección, órganos societarios asimilables o posiciones gerenciales que involucren la toma de decisiones o la ejecución de políticas y directivas adoptadas por los accionistas, socios u órganos antes mencionados”."

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