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Vaca Muerta: ¿Cuánto pagan las petroleras por el agua del fracking?

En Neuquén, hay tres ríos que abastecen los desarrollos petroleros que le podrían cambiar la cara a la economía del país. Las normativas vigentes establecen el valor del recurso y los volúmenes permitidos para una práctica en la que ponen el ojo parte de la sociedad, otros desarrollos productivos y sectores ambientales.

Fernando Castro - [email protected]

Las empresas petroleras que operan en Vaca Muerta utilizan miles de metros cúbicos de agua. Desde el minuto uno de la industria no convencional esto abrió paso a un debate en diversos sectores sociales: parte de la ciudadanía, grupos ambientalistas y otros sectores productivos, pusieron el ojo en la utilización de un recurso que también es clave para el fracking, las hidrofracturas del principal proyecto energético del país.

El siguiente informe sobre el agua, complementario del publicado sobre los pozos sumideros en la Cuenca Neuquina, plantea cuál es el escenario actual de la utilización de este recurso en la provincia.

Los tres ríos y el contexto general

En buena medida, el río Neuquén, el Limay y el Colorado en menor escala, son los que le dan garantías a los pozos no convencionales. En la zona de influencia de Añelo, el primero de los ríos es el punto hacia donde se extiende la captación de agua para el método que es el sello distintivo de los pozos shale.

Un pozo en la formación geológica Vaca Muerta consume unos 16.000 metros cúbicos de agua. Se trata del volumen que, en una veintena de días, permite poner un pozo en producción, si bien cada perforación varía de acuerdo al área en cuestión y el tipo de empresa.

El agua que consumen las petroleras tiene un precio. Hay un canon provincial, que se paga a la manera de adelanto anual para las necesidades declaradas por una determinada compañía. La actualización de precios a la que tuvo acceso este medio tuvo lugar en octubre. En ese momento, el valor pasó de $3,62 a $4,90 por cada metro cúbico declarado como necesidad, luego de una actualización por la suba inflacionaria.

Estos pagos, que se hacen de forma global para todos los pozos que prevé realizar una operadora, se efectúan a la manera de anticipos. Una compañía en Vaca Muerta, de acuerdo a la normativa, tiene que abonar a la Provincia el 50% del canon de agua cada enero, siempre que supere los 500 mil pesos, tal como lo menciona la normativa que acompaña esta nota más abajo.

La secretaría de Recursos Hídricos tiene la potestad de establecer el valor del canon y de aprobar los proyectos y los volúmenes de agua que finalmente se usan en los pozos de toda la provincia y en particular en Vaca Muerta.

Hay una fórmula polinómica que establece por qué el agua vale lo que vale. Incluye variables tales como el tipo de industria que la utilizará, la eficiencia en el uso y la captación y las tecnologías aplicadas, la disponibilidad del recurso hídrico y los usos prioritarios para la Provincia atados al disponibilidad actual y futura, entre otras.

De acuerdo a lo que pudo saber +e, ante consultas a la subsecretaria de Recursos Hídricos de la Provincia, Betina Laurenzano, los pasos para una empresa petrolera que busca captar agua son los siguientes:

Los permisos

Son equivalentes para todos los usos. Se contemplan dos aspectos a la hora de otorgarlos: por un lado, lo concerniente a la obra de captación (por caso una toma libre sobre un recurso hídrico superficial, una obra más compleja, o una simple manguera asociada a un camión chupa o una perforación) y por otra parte la disponibilidad del recurso (superficial o subterráneo).

En general se emite primero la factibilidad. Esto da la viabilidad de captación de agua (es decir la viabilidad de la fuente de captación pretendida en función de la disponibilidad del recurso) y el permiso para la obra. Es la instancia del anteproyecto, ya que este paso no habilita a la ejecución de la obra dentro del espacio público hídrico, ni a ejecutar la perforación, ni a iniciar la captación de agua. Solo da viabilidad. Luego, la subsecretaría emite la norma pertinente: la autorización de ejecución de la obra y el permiso de policía que habilita la captación del recurso.

Lo que dice la ley

El código de aguas distingue entre usos comunes (domésticos, economías de subsistencia) de los usos especiales. Los usos están regulados en la Ley 899, el Código de Aguas de la Provincia del Neuquén, que acompaña más abajo esta nota. En su artículo 5 se establece la prelación de usos (abastecimiento humano, irrigación, industria, entre otros) al igual que en el Anexo I del Decreto Reglamentario 790/99.

No se establece para la actividad hidrocarburífera una distinción dentro de los usos especiales: para este sector cabe todo lo que rige para los usos industriales.

Entre esas restricciones, “rige la de que se limita el uso de agua subterránea con aptitud para abastecimiento humano o irrigación, para la actividad hidrocarburifera no convencional. Es decir que no se autoriza el uso de agua subterránea con esta aptitud para satisfacer dichas demandas”, enfatizó Laurenzano en diálogo con +e.

El arancel que pagan

“Este canon se calcula a través de una fórmula polinómica que tiene en cuenta el valor del canon básico, el tipo de fuente y su aptitud, el tipo de uso (que tipo de actividad industrial se realiza), el factor de disponibilidad del recurso, y la eficiencia en la aplicación por el volumen utilizado. Por un decreto se facultó a la secretaría de Recursos Hídricos a establecer la fecha de vencimiento, y la modalidad”, dijo Laurenzano.

¿Cuánto utilizan las petroleras? ¿Qué caudales máximos se permiten captar?

El valor del volumen total depende mucho de la actividad que haya. “El dato más relevante es cuánto hay autorizado a captar en caudal instantáneo máximo, ya que eso es lo que condiciona la disponibilidad del recurso. El volumen en sí, no es una medida que permita planificar el uso del recurso”, sostuvo la funcionaria.

Para el río Neuquén (todo completo incluidos los embalses) el caudal máximo instantáneo otorgado es de 2.18 m3/s. Esto incluye todos los usos industriales otorgados menos la central térmica Alto Valle. Para el río Limay 0.40 m3/s y para el Colorado 0.14 m3/s.

Se trata de valores máximos autorizados, y cada usuario hace su solicitud en función de satisfacer las demandas del pico de consumo, que de acuerdo a la información oficial no son coincidentes, por lo cual no se corresponden con volúmenes máximos captados. “Sería un error utilizar estos datos (por los de los volúmenes máximos autorizados) para obtener volúmenes usados”, resaltó Laurenzano.

Los controles

Hay distintas modalidades de control: por un lado están las declaraciones juradas anuales, por otra parte están las inspecciones que se realizan al instrumental de medición, y finalmente están culminando el sistema remoto: es decir que todas las operadoras estarán conectándose al sistema en el que reportarán on line los caudalímetros, tanto de los puntos de captación como de los puntos de medición.

La disposición que fija el precio

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La reglamentación del Código de Aguas de Neuquén

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