YPF

Juicio por YPF: la jueza rechazó el pedido de prórroga y deja 20 días para presentar avales

Después del 10 de enero, los demandantes están habilitados a solicitar embargos, por lo que debería alcanzarse un acuerdo antes de esa fecha.

La jueza Loretta Preska no tuvo mayores contemplaciones por el cambio de Gobierno en la Argentina y dejó firme el plazo del 10 de enero para presentar avales o, de lo contrario, los demandantes del juicio por la expropiación de YPF quedarían habilitados para solicitar embargos.

La magistrada ya había autorizado una primera prórroga, pero ahora rechazó el nuevo pedido de la administración Milei para patear la fecha otros 30 días. De este modo, al Gobierno le quedan 20 días para llegar a un acuerdo.

“Si este juicio es tan crítico como lo representa la República, uno pensaría que el nuevo Gobierno le prestaría atención inmediata", indicó Preska, según informó el especialista en el caso, Sebastián Maril, CEO de Latin Advisors.

Cabe recordar que hace muy pocos meses se terminó de emitir el fallo que condena a la Argentina a pagar unos 16.000 millones de dólares por la mala praxis expropiatoria. Desde ese momento, ya se llevan acumulados más de 251 millones de dólares en concepto de intereses, a razón de casi 2,5 millones por día, de acuerdo con los cálculos de Maril.

Sin embargo, el abogado, master de derecho y miembro del Consejo Directivo de FIDE (Fundación de Investigaciones para el Desarrollo), Sebastián Soler, sostiene que no será tan fácil para los demandantes ejecutar estos embargos si el país no deposita los avales correspondientes.

“El Foreign Sovereign Immunities Act trata distinto los casos en que el Estado demandado renunció a su inmunidad de ejecución (como ocurrió en el contrato de los bonos emitidos en los 90 y defaulteados en 2001) y los casos, como este de YPF, en que Argentina nunca renunció a ella”, dice el experto.

“Si el Estado renunció a esa inmunidad, un juez de Nueva York puede embargar bienes que cumplan 2 requisitos: que el Estado mismo sea su dueño y que el bien se use para una actividad comercial en los Estados Unidos. Esos requisitos impidieron virtualmente todos los intentos de embargo en casos por bonos. Pero si el Estado no renunció, el Foreign Sovereign Immunities Act agrega un tercer requisito: el bien que se pretende embargar es o fue usado para la actividad comercial en que se basa el reclamo”, agrega.

Por lo tanto, sostiene que solo un bien que cumpla estas tres condiciones puede ser embargado en los Estados Unidos, lo que representa un obstáculo muy grande para los demandantes.

“Por supuesto, eso no significa que no lo vayan a intentar igual. O que lo intenten simplemente como estrategia de hostigamiento, aun sabiendo que el embargo no puede prosperar”, aclara.

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