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La medida se enmarca en lo establecido por la Ley Bases.
Para el Gobierno, la medida es un paso necesario hacia un MEM “competitivo y sustentable”. "Durante las últimas dos décadas, la fijación administrativa de precios y los subsidios indiscriminados distorsionaron las señales económicas, desincentivaron la inversión y generaron dependencia del gasto público. La normalización del mercado eléctrico mayorista revierte ese proceso, restableciendo el principio de marginalismo como base del funcionamiento del sistema", indicaron desde la Secretaría.
Mercado a término y nuevas categorías
La resolución, firmada por la titular de la cartera energética, María Tettamanti, crea un Mercado a Término de Energía y de Potencia, que habilita la libre contratación entre generadores, distribuidores y grandes usuarios. Además, se eliminan restricciones para que las distribuidoras participen del Mercado a Término de Energías Renovables (MATER).
También se establece una nueva clasificación de la demanda y se categorizan las unidades de generación en distintos grupos: Asignada y al Spot y Nueva.
La Generación Asignada incluye las centrales con contratos vigentes y bajo control estatal, mientras que la Generación al Spot podrá participar en esquemas de competencia y precios marginales. Por su parte, la Generación Nueva, con habilitación comercial posterior a enero de este año, accederá a un régimen de incentivos específico.
Mecanismos de remuneración
La resolución introduce dos mecanismos de remuneración diferenciados: el Servicio de Reserva de Confiabilidad Base (SRC Base) y el Adicional (SRC Adicional).
El primero está orientado a generación térmica existente y reconoce un valor de USD 1.000 por MW-mes, mientras que el segundo apunta a nuevas inversiones -térmicas, hidráulicas, nucleares o de almacenamiento- con una remuneración de USD 9.000 por MW-mes durante un máximo de diez años.
CAMMESA pierde protagonismo
La Resolución 400/2025 redefine el rol de CAMMESA dentro del MEM: el organismo ya no centralizará la compra de combustibles ni la administración de los contratos de generación. Su participación se limitará al despacho técnico, la liquidación de transacciones y la función de proveedor de última instancia para los agentes que no consigan abastecimiento, en línea con su diseño original, cuando fue fundada en julio de 1992.
Recuperación de costos
Entre los puntos destacados, el Anexo I de la resolución fija un nuevo esquema de recuperación de costos por los servicios del MEM, con precios y cargos diferenciados.
La medida busca "mejorar la asignación de costos entre los agentes y otorga previsibilidad económica, fortaleciendo la sostenibilidad del mercado eléctrico, reduciendo subsidios implícitos y promoviendo eficiencia en la operación".
La resolución también actualiza los criterios para la conversión de valores en dólares, adoptando el tipo de cambio mayorista del Banco Central como referencia.