El ENRGE fue creado por la Ley Bases (N° 27.742) y funciona como organismo descentralizado en el ámbito de la cartera conducida por María Tettamanti. Su Directorio había quedado conformado en mayo de este año, cuando Lamboglia fue designado por un período de 5 años.
Energía convocó a concurso para cubrir la presidencia del ENReGE
Cómo será el concurso para presidir el ENReGE
La resolución establece un cronograma acotado para completar el proceso de selección. Los interesados tendrán 10 días hábiles administrativos, contados desde el día siguiente a la última publicación del llamado, para presentar sus antecedentes.
Una vez cerrado ese plazo, el Gobierno conformará un Comité de Selección integrado por miembros que actuarán ad honorem. Ese comité dispondrá de otros 10 días hábiles para evaluar las postulaciones y confeccionar un listado de candidatos preseleccionados.
Luego contará con 5 días hábiles adicionales para realizar entrevistas personales y elevar a la Secretaría de Energía una propuesta de ternas fundamentada.
Con esa recomendación, el organismo elevará la terna al ministro de Economía, Luis Caputo, quien la remitirá posteriormente al Poder Ejecutivo Nacional para la designación definitiva, de acuerdo con el procedimiento previsto en el Decreto 452/2025.
Qué requisitos deberán cumplir los candidatos
La convocatoria exige que los postulantes sean argentinos nativos, por opción o naturalizados, cuenten con aptitud psicofísica para el cargo y no se encuentren alcanzados por las incompatibilidades previstas en la normativa de empleo público.
Además, el comité evaluará especialmente antecedentes técnicos y profesionales en la industria del gas y la electricidad y su regulación; formación académica vinculada al sector energético; antigüedad en el sector y cargos desempeñados y habilidades de gerenciamiento y resultados obtenidos en funciones anteriores.
La presentación deberá realizarse en 4 ejemplares originales firmados y también en formato digital ante la Secretaría de Energía.
Incompatibilidades con empresas del sector energético
La normativa establece restricciones estrictas para los integrantes del Directorio del ENReGE. No podrán ser propietarios ni tener intereses directos o indirectos en empresas que operen en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) ni en compañías reconocidas como sujetos activos de la industria del gas natural, tampoco en firmas controlantes o controladas por ellas.
La verificación del cumplimiento de estos requisitos será eliminatoria. La falsedad, omisión o inexactitud en la documentación presentada implicará la exclusión inmediata del concurso.