En tanto, el proyecto de Ley Ómnibus dice que “los permisionarios, concesionarios, refinadores y/o comercializadores podrán exportar hidrocarburos y/o sus derivados libremente, conforme la reglamentación a dictar por el Poder Ejecutivo”.
De ahí que anula el esquema de incentivos planteado en el Plan Gas, donde hay contratos firmados hasta el 2028 que determinan la prioridad de exportación de las empresas que ofertaron menores precios con cupos específicos.
En diálogo con +e, un estudio jurídico especialista en regulación energética explicó que los permisos de exportación justamente fueron la clave de éxito del Plan Gas y que sin este endulzante, todos los contratos puede judicializarse.
“El Estado les dio prioridad de exportar primero a los que presentaban mejores ofertas para así compensar el bajo precio del mercado doméstico con un precio mucho más alto de exportación. Ese mix terminaba dando un precio más atractivo y por eso incentivaba a presentar precios bajos en el plano local para poder exportar”, destacó la fuente.
“Ahora, en cambio, no lo vas a poder conseguir porque es contrario a lo que dice la nueva ley. Si yo no estuviera dentro del Plan Gas, pediría un permiso de exportación y diría que la preferencia del Plan Gas es inconstitucional. Hay una clara inconsistencia con el DNU y con la Ley Ómnibus”, agrega.
De esta forma, habría que reformular los contratos para evitarse problemas legales. De lo contrario, cualquier petrolera participante del Plan Gas podría asumir que no se está cumpliendo con lo firmado, mientras que aquellas firmas que no entraron pueden reclamar la libertad de exportar.
En la última licitación a fines del 2022, se extendieron los contratos por el consumo plano de 70 millones de metros cúbicos día hasta 2028 y se adjudicaron picos para invierno de 14 Mm3/d a un precio de 5,52 dólares el millón de BTU para el pico del 2024 y de 4,68 dólares para el invierno del 2025. Un 38% y 47% más barato que el valor tope estipulado por el Poder Ejecutivo de ese entonces.