Otro de los puntos que se establece es que, a partir de enero de 2023, la suma no remunerativa del 30%, calculada sobre las escalas salariales correspondientes a mayo de 2022 de manera no acumulativa, pasará a ser remunerativa y a formar parte de escalas salariales de enero de 2023.
También se acordó abonar a los trabajadores sumas extraordinarias no remunerativas equivalentes al 10% a partir del 1 de febrero de 2023 y un 10% adicional a partir del 1 de abril de 2023. Los incrementos se calcularán sobre los valores vigentes al mes de mayo de 2022, es decir no serán acumulativos.
Además, estas sumas serán tomadas como base de cálculo del aguinaldo y pedirán que estén exenta al impuesto a las ganancias.
Las partes se comprometieron a presentar ante el Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación que las planillas salariales serán actualizadas en 30 días y asumieron el compromiso de mantener la actividad en un marco imprescindible de paz social como factor fundamental para mejorar los niveles de productividad del sector que permitan la sustentabilidad de la industria.
Por otro lado, las empresas abonarán una contribución extraordinaria por única vez a los gremios por cada trabajador comprendido dentro del ámbito de representación territorial y personal de cada sindicato de primer grado con personería gremial.
Esta contribución especial será abonada en dos cuotas de iguales montos, mensuales y consecutivas de 15 mil pesos que se harán efectivas juntamente con la liquidación de aportes y contribuciones de la seguridad social de los haberes de enero y febrero de 2023. Las mencionadas contribuciones serán destinadas a la realización de programas de capacitación de acuerdo con lo establecido en el art. 41 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 449/06.