En el fallo, al que accedió +e, los jueces Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez dejaron sin efecto la medida cautelar, y dispusieron que la ejecución del proyecto deberá contemplar "Observadores Permanentes, a miembros del equipo “Pampa Azul", quienes deberán velar por el cuidado del Monumento Natural Ballena Franca y por la tutela del "Agujero Azul", ecosistema de los cetáceos.
También establecieron que las actividades de prospección sísmica "no deberán llevarse a cabo a una distancia menor a 50 km del sector que comprende la zona denominada “Agujero Azul”.
Además, los jueces indicaron que las actividades deberán suspenderse inmediatamente, ante la verificación de cualquier acontecimiento que dañe sensiblemente al ambiente.
La justicia también exhortó a "autoridades administrativas a que "propicien y mantengan permanentemente un máximo nivel de control sobre las actividades del Proyecto" respecto a la tutela del medio ambiente".