Esta medida la adelantó +e en febrero último, luego de las reuniones que tuvieron los representantes de las diez provincias que integran la Ofephi con el reciente equipo de Energía. Esas reuniones estuvieron encabezadas por el subsecretario de Hidrocarburos, Juan José Carbajales, donde se estableció una agenda conjunta de temas. Con la asunción del titular de Energía, el neuquino Darío Martínez, el Decreto 771/2020 se convierte en la primera medida para el sector de la nueva gestión.
De acuerdo al decreto para el canon destinado a la exploración de hidrocarburos, para el primer período de concesión se abonará el monto equivalente en pesos de 0,46 barriles de petróleo por kilómetro cuadrado. Para segundo período, ese monto será equivalente a 1,84 barril. Y, si existiera una prórroga, se pasa a pagar un valor en pesos de 32,22 barriles de petróleo.
En el caso del canon para explotación de hidrocarburos, las operadoras con concesiones deberán pagar anualmente y por adelantado "el monto equivalente en pesos de 8,28 barriles de petróleo por kilómetro cuadrado o fracción".
"El precio a considerar para determinar el valor del barril de petróleo a los efectos del cálculo del canon a pagar será el que surja del promedio del precio de mercado interno de petróleo correspondiente al primer semestre del año anterior al de la liquidación", indica el texto oficial. Estos precios serán publicados por la Secretaría de Energía, que depende del Ministerio de Economía de la Nación.
Economía tomará el valor correspondiente al mercado interno más transferencias sin precio, total provincias, del informe de regalías de petróleo crudo o de la publicación que la reemplace en el futuro. El coeficiente de conversión de metros cúbicos (m³) a barriles por kilómetro cuadrado será 6,2898.