De acuerdo a la resolución, a efectos de controlar que se esté facturando correctamente a los usuarios y usuarias en orden a su categoría y zona tarifaria, la Gerencia de Protección al Usuario (Enargas) efectuará una Auditoría de Aplicación de Cuadros Tarifarios.
Entre los puntos objeto de control, la auditoría incluye la verificación de los días incluidos en el período de consumo comprendido entre las fechas de lectura de medidor, en función del ciclo de lectura de los usuarios (bimestral o mensual).
También la correcta asignación del consumo del período a la liquidación de servicio público, en orden al esquema de emisión de factura mensual; y la aplicación de los cuadros tarifarios vigentes en función de la categoría del usuario y la subzona tarifaria.
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En el caso particular de las subdistribuidoras alcanzadas por el régimen de Zona Fría, se deberá verificar la efectiva y correcta implementación del régimen en la facturación a los usuarios y usuarias; y las leyendas obligatorias que la que la liquidación de servicio público debe contener.
Por su parte, la Gerencia de Desempeño y Economía deberá realizar un relevamiento de los tres últimos estados contables de las subdistribuidoras para evaluar su situación económica financiera, incluyendo la gestión de endeudamiento, ya sea a nivel societario o bien a nivel segmento en aquellos casos donde la prestadora adicionalmente provea otros servicios.
En tanto, la Gerencia de Distribución y Gas Natural Vehicular deberá verificar por parte de las subdistribuidoras, la operación del sistema de distribución por redes; los planes de operación y mantenimiento; la corrosión; la prevención de daños y emergencias; la operación y mantenimiento de líneas, redes y de instalaciones de superficie; la capacitación y entrenamiento del personal; las líneas de servicio; los medidores y reguladores; la higiene y seguridad industrial.