Por su parte, la Resolución 297/2025 establece que el biodiesel destinado a la mezcla con gasoil deberá comercializarse a un valor mínimo de $1.302.411 por tonelada.
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El gobierno de Javier Milei quiere desregular el negocio de los biocombustibles.
Ambas resoluciones, firmadas por la titular de la Secretaría de Energía, María Carmen Tettamanti, destacan que estos precios tienen carácter excepcional y que fueron definidos considerando los desfasajes entre los costos reales de elaboración y los valores vigentes, así como su eventual impacto en los precios finales del combustible en surtidor.
Según las medidas, el incremento también responde al contexto de emergencia pública vigente en materia económica, energética y administrativa, declarada mediante el Decreto 70/2023 y la Ley 27.742.
El impacto del incremento de los biocombustibles en los precios de nafta y gasoil
El incremento en los precios mínimos del bioetanol y el biodiesel fijados por la Secretaría de Energía podría tener un impacto en el precio final de los combustibles líquidos, debido a que ambos biocombustibles forman parte del corte obligatorio en la mezcla con nafta y gasoil, tal como lo establece la Ley 27.640.
Actualmente, el bioetanol representa hasta un 12% del volumen de las naftas y el biodiesel un 7,5% en el caso del gasoil, según el tipo de operador.
Cabe recordar que el 1 de julio, YPF aplicó una suba promedio del 3,5% en el precio de sus combustibles, y en un comunicado oficial señaló que la actualización considera, entre otros elementos, la variación en los precios de los biocombustibles. También, tal como informó MásE, la empresa definió un precio diferencial en todas las estaciones de servicio del país durante la noche (0 a 6 AM) con descuento del 3% para pago mediante la APP YPF.
Establecen nuevos plazos máximos de pago para bioetanol y biodiesel
La Secretaría de Energía también estableció los plazos máximos de pago para la comercialización de biocombustibles en el mercado interno. Para el bioetanol, ya sea elaborado a partir de caña de azúcar o maíz, se establece un plazo de hasta 30 días corridos desde la fecha de emisión de la factura. En cambio, para el biodiesel destinado a su mezcla obligatoria con gasoil, el pago deberá efectuarse en un máximo de 7 días corridos, según lo dispuesto en la Resolución 297/2025.